viernes, 5 de julio de 2013

EVALUACION DE DESEMPEÑO - SEGUNDO INFORME

Descripción: Descripción: cid:image010.png@01CE3068.961E8E40Asociación Nacional de Funcionarios de la Superintendencia de Educación
SEGUNDO INFORME DE DESEMPEÑO 2013



Las calificaciones sirven  de base para el ascenso en el caso de administrativos y auxiliares.  

En el caso de los profesionales y técnicos, constituye  el 25% de los factores bases para el concurso de Promoción


FECHAS CONTEMPLADAS EN PROCESO CALIFICACIONES 2013
FASES
PERIODO
NOTIFICACIÓN
OBS
RESPONSABLE: JEFE DIRECTO (PLANTA)
I INFORME DE DESEMPEÑO
1 SEPTIEMBRE 2012 AL 31 ENERO 2013
1-14 FEBRERO

2 DIAS SIGUIENTES DESDE LA NOTIFICACIÓN

II INFORME DE DESEMPEÑO
1 FEBRERO AL 30 DE JUNIO 2013
1-12 JULIO

2 DIAS SIGUIENTES DESDE LA NOTIFICACIÓN

PRECALIFICACIÓN
1 SEPTIEMBRE DE 2012 AL 31 DE AGOSTO 2013
1-20 DE SEPTIEMBRE

5 DIAS SIGUIENTES DESDE LA NOTIFICACIÓN


CALIFICACIÓN: RESPONSABLE JUNTA CALIFICADORA

APELACIÓN


CALIFICACIÓN

1 SEPTIEMBRE 2012 AL 31 DE AGOSTO 2013

23 DE SEPTIEMBRE
AL 15 DE OCTUBRE

5 DIAS DESDE LA NOTIFICACIÓN


TUS DERECHOS:
*      Ser notificado entre el 1 y 12 de Julio. Si la notificación se realiza con posterioridad, estará fuera de plazo, incumpliendo el Reglamento (Nº 1.825/98) General de Calificaciones. Poner fecha bajo la firma.
*      Ser debidamente informado del fundamentado, con conceptos precisos, en el espacio “Fundamentación del Segundo informe de desempeño” de la hoja de calificación.
*      La notificación debe ser realizada personalmente, al funcionario evaluado, por el jefe directo, aprovechando la instancia para entregar retroalimentación acerca del desempeño observado en el periodo que va desde el 1 de febrero al 30 de Junio del 2013.
*     En consecuencia, es derecho del trabajador conocer los objetivos y metas  (actividades) de parte del jefe directo por los cuales será evaluado.
* Si no está de acuerdo con sus notas, indicarlo explícitamente en el recuadro observaciones de la hoja de vida, hasta dos días después de la notificación, de igual modo firmar. Ingresarlo formalmente contra firma en la oficina de partes de la Dirección Regional con copia a ASUME REGIONAL
*     Recuerden que el Jefe Directo sólo “precalifica” y que ésta corresponde al segundo de tres informes de desempeño. La calificación la hace exclusivamente la Junta Calificadora.
*     Toda(o) funcionario tiene derecho a que se le entregue una copia del informe (el Jefe no debe negar este derecho). En el caso que el Jefe le niegue copia de su informe de desempeño, indicar la situación brevemente, por ejemplo:

§ “El Jefe se niega a darme copia de mi informe de desempeño”
§ “No se me entrega copia de mi informe de desempeño

*      En el evento que el funcionario esté en desacuerdo con el informe que se le notifica, debe poner de su puño y letra en el mismo formulario cualquiera de las siguientes expresiones:

§  “Estoy en desacuerdo con el informe de evaluación de mi desempeño, apelaré”
§  “No comparto el informe, no se ajusta a la realidad, apelaré”
§  “La evaluación está equivocada, apelaré”

O cualquier expresión que resuma su desacuerdo e indique que se apelará.
Luego de ser notificado el funcionario, en un plazo de dos días hábiles debe presentar su apelación por escrito. Lo anterior es muy importante.
En el caso que alguna (algún) funcionario quisiera hacerse acompañar por algún dirigente de ASUME REGIONAL a la notificación del segundo informe de desempeño, por favor comuníquelo a sus dirigentes para asegurar la debida presencia.
Es menester recordar que para el proceso definitivo, la calificación anual por la Junta Calificadora, cada paso mencionado en este documento puede ser de extrema importancia.
LA CALIFICACIÓN SÓLO LA REALIZA LA JUNTA CALIFICADORA DESDE EL 23 DE SEPTIEMBRE.





Elección de Representantes del Personal a la
Junta Calificadora Nacional y Regional

En cada institución existirán Juntas Calificadoras Regionales que harán las calificaciones de sus funcionarios cuando el número de éstos en la región sea igual o superior a quince. Dichas Juntas estarán integradas por los tres funcionarios de más alto nivel jerárquico de la institución en la respectiva región y por un representante del personal elegido por éste.
En las regiones en que la institución de que se trate tenga menos de quince funcionarios y en la Región Metropolitana de Santiago, las calificaciones se harán por una Junta Calificadora Central. Le corresponderá asimismo a ésta evaluar a los integrantes de las Juntas Calificadoras Regionales.
La Junta Calificadora Central estará compuesta, en cada institución, por los cinco funcionarios de más alto nivel jerárquico, con excepción del Jefe Superior, y por un representante del personal elegido por éste.
Pueden postular todos los funcionarios afectos a calificación, es decir, quienes serán calificados por tener un desempeño igual o superior a seis meses en el período calificatorio (entre el 01 de septiembre de 2012 y 31 de agosto de 2013).
Los Representantes del Personal que resulten electos, no serán calificados por la Junta Calificadora, a no ser, que manifiesten su deseo expreso de querer ser calificados.
Las inscripciones deben realizarse durante los primeros 10 días del mes de Julio. Esta inscripción debe realizarse a proposición, por escrito, por sus pares y en que conste la aceptación del funcionario propuesto. Se recepcionarán estas Postulaciones en virtud de lo que informe la División de Administración General de la Superintendencia de Educación.
El jefe superior del nivel nacional o regional convocará a elección para una fecha dentro de los primeros diez días del mes de agosto, indicando el lugar donde se llevará a efecto, a fin de que los funcionarios, en voto personal y secreto, expresen el nombre de su representante ante la Junta Calificadora respectiva, siendo elegido el que obtenga la más alta votación. En caso de igualdad de votos dirimirá la antigüedad, primero en la institución, después en el grado, a continuación en la Administración del Estado y finalmente el jefe superior correspondiente. El funcionario que obtenga la segunda mayoría tendrá el carácter de suplente.
Una vez realizada la elección del representante del personal, en el caso de no corresponder la constitución de Junta Calificadora Regional, el jefe regional correspondiente deberá remitir de inmediato a la oficina central de la institución el resultado de la votación.


No hay comentarios:

Publicar un comentario